Fiscalidad
Impuesto sobre Sociedades 2026: tu pyme quizá paga menos de lo que crees

Aquilino Lousa
Fundador · 28 de julio de 2026

Si tu empresa factura poco, es fácil pensar que el Impuesto sobre Sociedades es "cosa de las grandes". No es así — y desde la reforma de la Ley 7/2024, la diferencia entre pagar el tipo general y el tipo reducido puede ser dinero real en el bolsillo de tu pyme.
Primero, clasifícate
Antes de calcular nada, hay que saber en qué grupo estás. La clasificación depende del importe neto de la cifra de negocios (INCN) del ejercicio anterior:
- Microempresa (INCN < 1.000.000 €): tipo del 19% / 21%
- Empresa de reducida dimensión (entre 1 y 10 millones €): 23%
- Tipo general (más de 10 millones €): 25%
Microempresas: adiós al tipo único, ahora es una escala
La novedad de 2026 está aquí. Si eres microempresa, tu base imponible ya no tributa a un tipo fijo — se reparte en dos tramos:
- Primeros 50.000 €: 19%
- Resto de la base: 21%
Está regulado en el artículo 29.1 y la disposición transitoria 44ª de la LIS, tras la reforma de la Ley 7/2024.
El ejemplo, con números
Una microempresa con 100.000 € de beneficio:
- 50.000 € × 19 % = 9.500 €
- 50.000 € × 21 % = 10.500 €
- Cuota a pagar: 20.000 € (tipo efectivo del 20 %)
Al tipo general del 25 % esa misma empresa pagaría 25.000 €. La diferencia: 5.000 € menos, solo por aplicar bien la escala.
Y si facturas más
Si no eres microempresa pero tampoco una gran empresa, hay dos escenarios más a tener en cuenta:
- Reducida dimensión (entre 1 y 10 millones €): 23 % en 2026
- Nueva creación (primeros ejercicios con base imponible positiva): 15 %
El tipo de reducida dimensión, además, sigue bajando año a año: 24 % en 2025, 23 % en 2026, 22 % en 2027, 21 % en 2028 y 20 % en 2029.
Antes de aplicarlo: tres avisos
- No es automático por ser pequeña. Hay que cumplir los requisitos cada año, no basta con haberlos cumplido una vez.
- Se clasifica por la cifra de negocios del ejercicio ANTERIOR, no del actual.
- Las sociedades patrimoniales quedan fuera de estos tipos reducidos, aunque cumplan el umbral de facturación.
En County, como servicio de contabilidad externo, calculamos tu cuota directamente desde tus asientos contabilizados y te citamos el artículo exacto de la LIS que aplica en cada caso, para que no tengas que hacer estas cuentas a mano cada ejercicio.