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Cumplimiento y obligaciones

Certificado digital

El equivalente electrónico del DNI para una persona o una empresa: un fichero que permite identificarse y firmar con validez legal ante la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el resto de administraciones, sin tener que ir en persona.

Casi todos los trámites relevantes con Hacienda o la Seguridad Social —presentar una declaración, consultar notificaciones, firmar un contrato con la administración— se pueden hacer online, pero requieren demostrar de forma fehaciente quién eres. El certificado digital es lo que permite eso: un fichero instalado en el ordenador (o en la nube, o en un DNI electrónico) que sirve como firma electrónica con la misma validez legal que una firma manuscrita.

Tipos habituales

  • Certificado de persona física: para autónomos y particulares, emitido normalmente por la FNMT tras verificar la identidad presencialmente u online.
  • Certificado de representante: para quien actúa en nombre de una sociedad (el administrador, o un apoderado), vincula la identidad de la persona con la de la empresa que representa.
  • Cl@ve: un sistema alternativo del Gobierno (usuario y contraseña, o PIN) que sirve para muchos trámites sin necesidad de instalar un certificado, aunque no todos los trámites lo admiten.

Para qué se usa

Las sociedades están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración: reciben notificaciones solo por vía electrónica, no por correo postal, y el plazo para responder empieza a correr aunque no se haya abierto la notificación (normalmente a los diez días naturales de estar disponible). No tener el certificado digital en regla, o no revisar el buzón electrónico con regularidad, puede hacer perder plazos importantes —un requerimiento, un recurso, un aplazamiento— sin que nadie se haya dado cuenta a tiempo.

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