Fiscalidad
Gravamen
El nombre genérico que reciben los impuestos, tasas y demás cargas que un tributo impone sobre una renta, un bien o una operación. También se usa, en un sentido más técnico, como sinónimo del tipo impositivo que se aplica a la base imponible.
"Gravamen" es una palabra que aparece en casi cualquier texto legal o fiscal, pero se usa con dos sentidos distintos según el contexto: a veces se refiere al impuesto en sí (como cuando se habla del "gravamen sobre las bebidas azucaradas"), y otras veces se refiere específicamente al porcentaje que se aplica sobre la base imponible para calcular la cuota, es decir, lo que en otros contextos se llama tipo impositivo.
Los dos usos habituales
- Gravamen como sinónimo de impuesto: "un gravamen del 10% sobre las plusvalías" significa, en la práctica, un impuesto que se calcula al 10%.
- Tipo de gravamen: el porcentaje concreto que multiplica a la base imponible para obtener la cuota íntegra de un impuesto — por ejemplo, el tipo de gravamen general del Impuesto de Sociedades es del 25%.
Para qué se usa
Cuando una norma o una notificación de Hacienda habla de "tipo de gravamen", se está refiriendo al porcentaje concreto que hay que aplicar para calcular lo que se debe pagar, un paso intermedio entre la base imponible y la cuota final. Distinguir bien este término evita confusiones frecuentes, como pensar que "gravamen" es siempre el importe total a pagar cuando, en realidad, casi siempre se refiere solo al porcentaje que se aplica.
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