Cumplimiento y obligaciones
Escritura de constitución
El documento notarial que da vida legal a una sociedad: recoge quiénes son los socios, cuánto aporta cada uno al capital social y los estatutos por los que se va a regir. Sin ella no existe la sociedad ante el Registro Mercantil.
Constituir una SL o una SA no es solo rellenar un formulario: requiere firmar ante notario una escritura pública que identifica a los socios fundadores, recoge sus aportaciones al capital social y fija los estatutos sociales por los que va a funcionar la empresa desde el primer día.
El proceso, a grandes rasgos
- Reservar el nombre de la sociedad en el Registro Mercantil Central.
- Abrir una cuenta bancaria y depositar el capital social mínimo, obteniendo el certificado de la entidad.
- Firmar la escritura ante notario, con todos los socios fundadores presentes (o representados).
- Inscribir la escritura en el Registro Mercantil provincial — es en este momento cuando la sociedad adquiere plena personalidad jurídica y obtiene su NIF definitivo.
Para qué se usa
Es el documento de referencia para cualquier trámite posterior que afecte a la estructura de la sociedad: una ampliación de capital, un cambio de administrador, una modificación de estatutos. Cualquier banco, inversor o administración que necesite verificar quién es realmente el titular de la empresa y en qué condiciones se constituyó acudirá, en último término, a esta escritura y a su inscripción registral.
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