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Cumplimiento y obligaciones

Escritura de constitución

El documento notarial que da vida legal a una sociedad: recoge quiénes son los socios, cuánto aporta cada uno al capital social y los estatutos por los que se va a regir. Sin ella no existe la sociedad ante el Registro Mercantil.

Constituir una SL o una SA no es solo rellenar un formulario: requiere firmar ante notario una escritura pública que identifica a los socios fundadores, recoge sus aportaciones al capital social y fija los estatutos sociales por los que va a funcionar la empresa desde el primer día.

El proceso, a grandes rasgos

  1. Reservar el nombre de la sociedad en el Registro Mercantil Central.
  2. Abrir una cuenta bancaria y depositar el capital social mínimo, obteniendo el certificado de la entidad.
  3. Firmar la escritura ante notario, con todos los socios fundadores presentes (o representados).
  4. Inscribir la escritura en el Registro Mercantil provincial — es en este momento cuando la sociedad adquiere plena personalidad jurídica y obtiene su NIF definitivo.

Para qué se usa

Es el documento de referencia para cualquier trámite posterior que afecte a la estructura de la sociedad: una ampliación de capital, un cambio de administrador, una modificación de estatutos. Cualquier banco, inversor o administración que necesite verificar quién es realmente el titular de la empresa y en qué condiciones se constituyó acudirá, en último término, a esta escritura y a su inscripción registral.

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