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Autónomos y emprendimiento

Gastos de constitución

Los gastos necesarios para crear legalmente una sociedad: notaría, Registro Mercantil, gestoría y, en algunos casos, el certificado digital. Se registran en el balance como un gasto del primer ejercicio, no como un activo que se amortiza en varios años.

Antes de facturar el primer euro, montar una sociedad ya cuesta dinero: hay que pagar al notario que autoriza la escritura de constitución, la inscripción en el Registro Mercantil, y normalmente los honorarios de una gestoría que tramita todo el papeleo. A eso se suman, según el caso, el certificado digital o el alta en el censo de Hacienda.

Cómo se calcula

Gastos de constitución = Notaría + Registro Mercantil + Gestoría y otros trámites de alta

Un ejemplo con los gastos habituales de constituir una SL pequeña:

Gastos de constitución de una SL
Notaría (escritura de constitución)300 €
+Registro Mercantil150 €
+Gestoría y trámites250 €
=Total gastos de constitución700 €

Para qué se usa

A diferencia de otros países, el Plan General Contable español no permite activar los gastos de constitución como un intangible que se amortiza en varios años: se imputan directamente como gasto del ejercicio en que se incurre en ellos, normalmente antes incluso de que la sociedad haya generado ingresos. Para quien está calculando cuánto capital inicial necesita para arrancar, conviene sumar estos gastos al plan de negocio desde el primer día, porque reducen la caja disponible antes de que entre el primer cobro.

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