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Estados contables

Reserva legal

La parte del beneficio que una SL o SA está obligada por ley a destinar cada año a reservas, en vez de repartirla como dividendo, hasta que esa reserva alcance el 20% del capital social. Es un colchón mínimo de solvencia que la ley impone, no una decisión voluntaria de los socios.

Antes de poder repartir dividendos, la ley obliga a las SL y SA a apartar cada año una parte del beneficio a una reserva especial —la reserva legal— hasta que esta alcance un mínimo del 20% del capital social. No es una decisión que la junta de socios pueda evitar: mientras no se alcance ese 20%, la dotación es obligatoria.

Cómo se calcula

Dotación obligatoria = 10% del beneficio del ejercicio, hasta que la reserva legal acumulada llegue al 20% del capital social

Un ejemplo con una empresa que tiene 10.000 € de beneficio en el ejercicio:

Dotación anual a la reserva legal
Beneficio del ejercicio10.000 €
Dotación obligatoria a reserva legal (10%)1.000 €
=Resto disponible para dividendo o reservas voluntarias9.000 €

Una vez alcanzado ese 20%, la dotación deja de ser obligatoria (aunque los socios pueden seguir destinando beneficio a reservas voluntarias si lo prefieren a repartir dividendo).

Para qué se usa

Solo puede usarse para compensar pérdidas —si no hay otras reservas disponibles— o para ampliar capital con cargo a ella, nunca para repartirla directamente entre los socios. Es, en esencia, un colchón mínimo de solvencia que la ley impone a cualquier sociedad de capital, precisamente para que no se descapitalice por completo repartiendo todo el beneficio año tras año sin dejar ningún margen dentro de los fondos propios.

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