Finanzas corporativas
Usura
Un préstamo con un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado respecto a las circunstancias, o aceptado por el prestatario en una situación de necesidad. La ley (Ley de Usura de 1908, todavía vigente) declara nulos esos préstamos.
No cualquier interés alto es ilegal, pero la ley pone un límite a partir del cual un préstamo se considera usurario: cuando el interés pactado es notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado con las circunstancias del caso, o cuando se ha aceptado en una situación de apuro económico que el prestatario no podía negociar en igualdad de condiciones.
Cómo se compara ese "interés normal"
Los tribunales comparan el interés pactado con el tipo medio del mercado para operaciones similares en el momento de la firma —por ejemplo, el tipo medio de las tarjetas revolving publicado por el Banco de España para ese tipo de producto—, no con el interés legal del dinero, que es una referencia muy distinta y bastante más baja.
Para qué se usa
Si un tribunal declara usurario un préstamo, el contrato se anula por completo: el prestatario solo tiene que devolver el capital recibido, sin ningún interés. Esta figura ha cobrado especial relevancia en los últimos años con las tarjetas de crédito revolving, cuyos intereses elevados han sido declarados usurarios en numerosas sentencias, y es una vía de defensa a tener en cuenta para cualquier empresa o autónomo que haya firmado financiación con condiciones desproporcionadas en un momento de apuro.
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