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Cumplimiento y obligaciones

Inspección tributaria

El procedimiento por el que la Agencia Tributaria comprueba que una empresa o un autónomo ha declarado correctamente sus impuestos, con capacidad para revisar la contabilidad, requerir documentación y regularizar lo que encuentre mal declarado, con recargos e intereses.

Presentar una autoliquidación no significa que Hacienda la dé automáticamente por buena para siempre: dentro de los plazos de prescripción (con carácter general, cuatro años), la Agencia Tributaria puede iniciar un procedimiento de inspección para comprobar si lo declarado se ajusta a la realidad.

Cómo se diferencia de una auditoría

  • Inspección tributaria: la realiza la Agencia Tributaria, comprueba el cumplimiento de las obligaciones fiscales, y puede terminar en una regularización con recargos, intereses de demora o sanciones si encuentra irregularidades.
  • Auditoría: la realiza un profesional independiente contratado por la empresa (o exigida por ley según su tamaño), y verifica que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, sin capacidad sancionadora.

Son procesos independientes: una empresa puede tener sus cuentas auditadas sin problema y aun así recibir después una inspección tributaria que cuestione el tratamiento fiscal de alguna operación concreta.

Para qué se usa

Una inspección puede empezar por un requerimiento puntual sobre una operación concreta, o ser una comprobación general de varios ejercicios. Durante el procedimiento, la empresa tiene que aportar la documentación que se le requiera —facturas, contratos, el libro diario— dentro de los plazos fijados. Llevar la contabilidad y los gastos deducibles bien documentados desde el principio es la mejor defensa ante una inspección: reconstruir años después la justificación de una operación mal documentada es mucho más difícil, y a menudo imposible.

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