Fiscalidad
Libro Registro de IVA
La obligación de llevar, a efectos del IVA, un libro registro de facturas emitidas y otro de facturas recibidas, que recogen operación por operación los datos con los que se calculan las declaraciones periódicas del impuesto.
Cualquier empresa o autónomo sujeto a IVA debe llevar, además de su contabilidad general, unos libros registro específicos donde anota cada factura relevante para el impuesto. No es un libro contable en el sentido del Código de Comercio —como el Libro Diario—, sino una obligación fiscal propia que exige la normativa del IVA.
Los libros habituales
- Libro registro de facturas emitidas: todas las ventas con IVA repercutido, factura a factura.
- Libro registro de facturas recibidas: todas las compras y gastos con IVA soportado, con el dato de si es deducible.
- Libro registro de bienes de inversión: solo si la empresa tiene bienes de inversión, para controlar la regularización de las deducciones a lo largo de varios años.
Las empresas de mayor tamaño (y quienes se acogen voluntariamente) llevan estos libros mediante el Suministro Inmediato de Información (SII), enviando cada factura a la Agencia Tributaria en un plazo de pocos días desde su emisión o registro.
Para qué se usa
Es la fuente directa de la que salen las cifras de IVA devengado y soportado de cada declaración trimestral (modelo 303) y del resumen anual (modelo 390). Si estos libros no cuadran con las facturas realmente emitidas y recibidas, cualquier comprobación de Hacienda encuentra la discrepancia de inmediato, así que mantenerlos al día —no reconstruirlos a toro pasado antes de cada trimestre— es de lo primero que revisa una gestoría al asumir la contabilidad de un negocio.
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