Fiscalidad
Modelo 347
La declaración informativa anual en la que empresas y autónomos deben reportar a Hacienda sus clientes y proveedores con los que han superado los 3.005,06 € de operaciones durante el año, para que la Agencia Tributaria pueda cruzar los datos entre ambas partes.
El modelo 347 no liquida ningún impuesto: es puramente informativo. Cada empresa declara, por cada cliente o proveedor con el que ha superado el umbral anual, el importe total de las operaciones realizadas con él durante el ejercicio. Hacienda cruza automáticamente estos datos entre lo que declara quien compra y lo que declara quien vende, y cualquier descuadre relevante entre ambos es una de las señales más habituales que desencadenan un requerimiento o una inspección tributaria.
Quién está obligado y qué se declara
- Cualquier empresa o autónomo que haya superado los 3.005,06 € de operaciones (IVA incluido) con un mismo cliente o proveedor durante el año natural.
- Se declara el importe total anual con cada tercero, desglosado por trimestres, no cada factura individual.
- Quedan fuera las operaciones ya declaradas por otra vía, como las intracomunitarias (que van en el modelo 349) o las sujetas al régimen de facturación electrónica del SII.
Para qué se usa
Es una de las herramientas de cruce de datos más simples y efectivas que usa Hacienda: si un proveedor declara haber facturado 20.000 € a un cliente y ese cliente solo declara haber recibido 12.000 € de él, la diferencia llama la atención de inmediato. Revisar que las cifras del modelo 347 cuadran con la propia contabilidad antes de presentarlo —en febrero del año siguiente— evita comprobaciones posteriores por discrepancias que, la mayoría de las veces, son simples errores de imputación de fechas entre un ejercicio y el siguiente.
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