Fiscalidad
Retención
El importe que quien paga una factura, un salario o un alquiler descuenta e ingresa directamente en Hacienda, a cuenta del impuesto que pagará después quien lo cobra. No es un impuesto adicional: es un adelanto de un impuesto que ya se debía.
Cuando una empresa paga a un trabajador, a un profesional o a un arrendador, en muchos casos no le entrega el importe íntegro: retiene un porcentaje y lo ingresa ella misma en Hacienda, en nombre de quien cobra. Es un mecanismo de recaudación anticipada, no un impuesto nuevo — lo retenido se descuenta después en la declaración anual de quien lo sufrió.
Dónde aparece más a menudo
- Nóminas: retención de IRPF según la situación personal del trabajador — ver Nómina.
- Facturas de profesionales y autónomos: retención fija de IRPF (con un tipo reducido para quienes empiezan su actividad).
- Alquileres: retención sobre la renta cuando el arrendador es una persona física — ver Arrendamiento.
Para qué se usa
Para quien la sufre, la retención no es dinero perdido: se resta de la cuota final en su declaración de la Renta o de su Impuesto de Sociedades, y si se ha retenido de más, Hacienda lo devuelve. Para quien la practica, retener e ingresar a tiempo es una obligación formal en sí misma —con su propia declaración periódica (modelo 111 o 115, según el caso)—, independiente de que la empresa tenga beneficio o no ese trimestre.
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